GLOSSARY ENTRY (DERIVED FROM QUESTION BELOW) | ||||||
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04:13 May 16, 2020 |
Spanish to English translations [PRO] Bus/Financial - Accounting / Trust funds | |||||||
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| Selected response from: Seth Phillips United States Local time: 11:16 | ||||||
Grading comment
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Summary of answers provided | ||||
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3 | grounds/conditions for expiration/termination |
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3 | estimated debt schedule |
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3 | estimated payment recovery plan |
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Summary of reference entries provided | |||
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Refs. |
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Discussion entries: 6 | |
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grounds/conditions for expiration/termination Explanation: Not entirely sure. It's not clear what "presupuesto" means here, though RAE provides several definitions and the first one seems to fit the context here: 1. m. Motivo, causa o pretexto con que se ejecuta algo. |
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Grading comment
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estimated debt schedule Explanation: el sabor de inconstitucionalidad > a whiff of unconstitutionality as there is no fixed debt repayment schedule or timetable. I am assuming that the the fiducario/ trustee ranks as a 'guardador provisional' per Art. 53 the Nicaraguan Civil Code, namely a provision custodian and type of bailee. ....aplicándose su producto para liquidar la obligación garantizada > the proceeds thereof/ of the auction (subasta > informal auction or remate > 'sale by order of the court') being applied to discharge the secured trust obligation (of the trustee to pay over the money to the beneficiary). ....., y entregándose el remanente, si lo hubiere, al fideicomitente > and the surplus, if any, being handed over to the (AmE) trustor (E&W) settlor. Example sentence(s):
Reference: http://www.oas.org/dil/esp/Codigo_Civil_Nicaragua.pdf Reference: http://www.nhmbb.org/index.php/loan-program/estimated-debt-s... |
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estimated payment recovery plan Explanation: 'un vencimiento' is a 'payment schedule' or a 'debt recovery plan'. 'un presupuesto' is an estimation or a budget I suggest 'estimated payment recovery' Example sentence(s):
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Reference: Refs. Reference information: https://s3.amazonaws.com/documents.lexology.com/4da4dc67-6d8... PUBLICAN LEY DE REFORMAS A LA LEY NO. 741, LEY SOBRE EL CONTRATO DE FIDEICOMISO Por unanimidad de votos la Asamblea Nacional aprobó el pasado 24 de mayo la Ley No. 950, Ley de Reformas a la Ley No. 741, Ley sobre el Contrato de Fideicomiso, la cual fue publicada el martes 6 de junio del año 2017 en la Gaceta, Diario Oficial No. 105. La ley sobre el Contrato de Fideicomiso regula lo relacionado al Fideicomiso en Garantía y dentro de estas regulaciones existía una disposición que establecía que ante el incumplimiento de la obligación por parte del deudor, el fiduciario debía pagar la deuda, quien posteriormente subastará o rematará los bienes, de acuerdo con las bases establecidas en el respectivo contrato de fideicomiso, aplicándose su producto para liquidar la obligación garantizada, gastos y comisiones, y entregándose el remanente, si lo hubiere, al fideicomitente. Esta disposición generó un rechazo al Fideicomiso en Garantía, no haciendo atractivo para el fiduciario prestar dicho servicio. Con la reforma a esta ley se deja claramente establecido que en el caso del "incumplimiento de la obligación garantizada, el fiduciario procederá a subastar, vender o rematar los bienes o derechos del fideicomiso de garantía, de acuerdo con las bases establecidas en el respectivo contrato de fideicomiso, aplicándose su producto para liquidar la obligación garantizada, gastos, impuestos y comisiones, incluyendo sus honorarios y entregándose el remanente, si lo hubiere, al fideicomitente. Previo a la subasta, venta o remate, el Fiduciario deberá notificar de este trámite al Deudor y al Fideicomitente con al menos tres días de anticipación, por medio verificable, indicando la fecha, hora y lugar de realización del mismo. El acto de la notificación no es susceptible de posterior recurso." La Ley No. 950 entró en vigencia a partir de su publicación el pasado 6 de junio en la Gaceta, Diario Oficial. NC: Publican Ley de Reformas a la Ley No. 741, Ley Sobre el ...ariaslaw.com › prensa › nc-publican-... 741, Ley Sobre el Contrato de Fideicomiso en Nicaragua ... de fideicomiso, aplicándose su producto para liquidar la obligación garantizada, gastos y comisiones, y entregándose el remanente, si lo hubiere, al fideicomitente. ... Previo a la subasta, venta o remate, el Fiduciario deberá notificar de este trámite al Deudor y al ... LEY DE REFORMAS A LA LEY No. 741 LEY SOBRE EL ...legislacion.asamblea.gob.ni › Norma... May 24, 2017 - 741, Ley sobre el Contrato de Fideicomiso, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 11 del 19 ... b) Incumplimiento de la obligación, y por consiguiente, el fiduciario ... aplicándose su producto para liquidar la obligación garantizada, gastos, ... y entregándose el remanente, si lo hubiere, al fideicomitente. Se reforman los artículos 52 y 53 de la Ley No. 741, Ley sobre el Contrato de Fideicomiso, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 11 del 19 de enero de 2011, los que se leerán así: “Artículo 52 Fideicomiso de Garantía Se podrá garantizar el cumplimiento de obligaciones contraídas por el fideicomitente o por un tercero, mediante la constitución del Fideicomiso de Garantía, por el cual el fideicomitente transmite al fiduciario la propiedad de los bienes, o derechos, la cual se constituye en el patrimonio fideicometido, conservando éste la titularidad durante el plazo establecido, para que en caso de que el deudor no cumpla las obligaciones, estas se paguen haciendo efectiva la garantía de conformidad a los términos señalados en el contrato. Vencido el plazo de la obligación, podrá darse cualquiera de las siguientes posibilidades: a) Cumplimiento de la obligación, y consecuentemente, reintegro del bien de los bienes o derechos al fideicomitente. b) Incumplimiento de la obligación, y por consiguiente, el fiduciario procederá a subastar, vender o rematar los bienes o derechos del fideicomiso de garantía, de acuerdo con las bases establecidas en el respectivo contrato de fideicomiso, aplicándose su producto para liquidar la obligación garantizada, gastos, impuestos y comisiones, incluyendo sus honorarios y entregándose el remanente, si lo hubiere, al fideicomitente. Previo a la subasta, venta o remate, el Fiduciario deberá notificar de este trámite al Deudor y al Fideicomitente con al menos tres días de anticipación, por medio verificable, indicando la fecha, hora y lugar de realización del mismo. El acto de la notificación no es susceptible de posterior recurso.” -------------------------------------------------- Note added at 1 hr (2020-05-16 05:54:19 GMT) -------------------------------------------------- Recently, Law No. 741 “Law on the Trust Contract” was approved by the Nicaraguan Parliament and is currently in force in Nicaragua. Law 741 establishes the requirements needed to legally create a trust fund in Nicaragua and the obligations of each of the parties in the trust. It specially regulates the transfer of assets from the trustor to trustee, as well as the transfer of assets from the trust fund to the trust beneficiaries. Additionally, SIBOIF has issued Resolution No. CD-SIBOIF-677-2-MAY16-2011 regulating trust fund operations performed by authorized financial institutions. https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:bJcBo5... -------------------------------------------------- Note added at 16 hrs (2020-05-16 20:54:43 GMT) -------------------------------------------------- http://itaxlegal.com/aspectos-fiscales-en-el-fideicomiso-de-... LEY NO. 741, LEY SOBRE EL CONTRATO DE FIDEICOMISO Es seguro, que este remate que habla el art. 52, le traerá a más de alguno el sabor de inconstitucionalidad, por la falta del ***presupuesto de vencimiento*** en un debido proceso. No obstante, hay que estar claro que no hay ninguna violación al debido proceso, pues eficazmente el fiduciario hará un semi proceso privado, de validación o no del cumplimiento de las clausulas contractuales del préstamo y de las clausulas del fideicomiso. Por otro lado, hay que recordar que el fideicomiso es un contrato donde el Fideicomitente es quien le dá las ordenes al Fiduciario, es decir el mismo dueño del bien es quien de su propia voluntad dá el terreno al Fiduciario con la orden -irrevocable- de entregar el bien en caso que no cumpla con su obligación de pago. Por lo tanto, no hay violación del debido proceso. https://www.constituteproject.org/constitution/Nicaragua_200... |
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Note to reference poster
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